
Roberto P. Jáuregui Zavaleta
Abogado | Más de 26 años de trayectoria
Especialista en litigación y asesoramiento laboral
Es casi fin de mes. Es julio. Camila (29 años) toma un café, las llaves, un taxi, toca sus llaves en el fondo del bolso, cierra la puerta, se dirige al ascensor. En la agencia donde trabaja como Coordinadora usará su tarjeta de ingreso, la misma que no encuentra en el bolso, vuelve al departamento, mira la hora y se asegura de no olvidar nada, un suspiro largo y reanuda la vida.
A esa hora el tráfico, la agonía y Lima son una misma cosa. La luz roja del semáforo parece eterna, un mensaje de las chicas confirma la reunión de la tarde. Aprovecha para responder un par de correos de su jefe. Es casi fin de mes, como todos los meses, deberá emitir un recibo por honorarios por S/.3,000 desde la web de la SUNAT. Es julio, varios de sus compañeros en la oficina recibieron gratificaciones. Camila no. Mira su foto en la tarjeta de ingreso, piensa que después de tres años en la compañía debería tener mejores condiciones.
¿Has escuchado historias similares?
Es posible que más de lo que uno quisiera. Según datos del INEI, en 2024 la tasa de informalidad a nivel urbano se mantenía alrededor del 66%, el grupo más afectado era el de las mujeres (50,2 %), las cifras comprobaban que «la informalidad y el empleo vulnerable continúan siendo rasgos persistentes del mercado laboral peruano, estrechamente vinculados a la desigualdad y a la falta de oportunidades formales» (CEPLAN, 2025).
¿Qué es un contrato de locación de servicios en el Perú?
La locación de servicios es un concepto del Derecho Civil cuyo objeto son los servicios personales independientes. Es decir sin la dirección ni supervisión de un jefe. El prestador del servicio gestiona su tiempo y medios para cumplir con el encargo que, en la mayoría de los casos, consiste en una actividad específica. El abogado o el médico que atiende una consulta, el diseñador que crea un logo para tu marca. En todos los casos, un elemento distintivo de la locación de servicios es la independencia del prestador.
3 diferencias clave entre Locación y “Planilla”
El contrato de trabajo (la “planilla”) es un concepto del Derecho Laboral y se define por tres elementos esenciales; prestación personal, remuneración y subordinación. Si se compara la locación de servicios y el contrato de trabajo saltan a la vista varias diferencias:
1. Prestación personal
En la relación laboral («planilla») la prestación es de carácter personalísimo: el trabajador no puede enviar a alguien a cumplir con las tareas para las que ha sido contratado. El cajero de un banco no puede ser reemplazado por su amigo de confianza. En cambio, en la mayoría de los casos, en la locación de servicios importa más el encargo que la persona que lo realiza: el abogado puede valerse de otros colegas y sus asistentes para preparar un informe sobre un caso consultado.
2. Subordinación
La relación de trabajo está subordinada. El trabajador es insertado dentro de la organización, tiene un supervisor al que dar cuenta, está sujeto a sanciones disciplinarias y debe observar las disposiciones reglamentarias de la empresa — que puede normar aspectos que van más allá de la actividad específica: códigos de vestimenta, horarios de trabajo, tiempos de refrigerio. Esto no ocurre en la locación de servicios: no es común que quien va a una consulta con el médico le ordene que previamente se vista de una determinada manera.
3. Propiedad de los medios
En la relación de trabajo, el empleador es quien provee los medios para la realización de los servicios: la laptop, correos institucionales, uniformes, equipos de seguridad, etc. En la locación de servicios, la autonomía y el grado de especialización del locador requieren que sea él quien se procure los instrumentos y medios para la realización de su actividad.
Entonces, ¿qué pasa con Camila? Hacer una evaluación de estos aspectos permite definir su situación legal.
¿Cuándo se desnaturaliza un contrato por recibos por honorarios?
“Desnaturalización” es un concepto del derecho del trabajo que hace referencia a la utilización indebida de modalidades contractuales. Significa que la naturaleza de una relación jurídica no concuerda con el título o denominación que se le está atribuyendo. Por ejemplo, el uso de un contrato de locación de servicios para encubrir o disfrazar una relación de naturaleza laboral. En el caso de Camila, su contrato está desnaturalizado, ella tiene derecho de estar en la planilla y disfrutar de los mismos derechos que sus compañeros de trabajo.
¿Qué beneficios económicos estás perdiendo?
Un trabajador en condición de informalidad similar al de Camila, estaría dejando de percibir gratificaciones, Compensación por Tiempo de Servicios, Vacaciones y la protección del Seguro de Salud. En el caso de Camila esto podría ser alrededor de S/. 42,750 (Gratificaciones, S/.18,000; CTS, S/. 9,750; Vacaciones S/.15,000).
Evalúa tu situación
¿Qué puedes hacer?
Primero, evalúa si hay indicios de la presencia de un contrato de trabajo, ¿tengo un horario de trabajo? ¿Un supervisor que dirige y controla mis tareas? ¿Los medios que uso como la oficina, la computadora, los correos electrónicos le pertenecen a la empresa? ¿Mi rol es parte de la estructura de la organización? ¿Ha recibido alguna llamada de atención?
El diagnóstico
Segundo, observa el régimen de contratación, ¿has firmado algún contrato? ¿el acuerdo ha sido puramente verbal? ¿Emites recibos por honorarios? ¿Solamente recibes una cantidad mensual y nunca has percibido ni vacaciones ni gratificaciones ni CTS?
Si como resultado de este examen, encontramos que en tu experiencia aparecen varios indicios de laboralidad y la ausencia del pago de los beneficios correspondientes, es muy probable que tu contrato esté desnaturalizado y tengas un activo por cobrar que está aumentando cada mes.
Los pasos a seguir
Es esencial actuar de manera rápida e informada. Muchas personas se quedan paralizadas por la idea del costo de tomar alguna acción. Honorarios de abogados, tiempo haciendo trámites y las represalias del empleador son algunas de las cosas que todos temen. Sin embargo, en la gran mayoría de los casos, la dificultad no está en el camino en sí sino en la manera en que se camina. Tanto la cuestión de los honorarios, la gestión de los trámites como la interacción con el empleador pueden ser gestionados de manera eficiente y estratégica.
Una primera recomendación, algo que no requiere ningún gasto y que es extremadamente beneficioso: comienza a guardar documentación de manera ordenada: correos electrónicos, mensajes de WhatsApp con órdenes, llamadas de atención o asignación de tareas de tus jefes directos es un excelente comienzo.
El segundo paso, un factor esencial, es conseguir una buena asesoría. Hay diferentes caminos para abordar esta situación, no todas las soluciones pasan por un proceso judicial largo y caro. Nuestro servicio es confidencial, por internet, contempla de manera integral los aspectos legales pero también los factores particulares de la realidad del trabajador y la empresa para llegar a la mejor estrategia para cada caso concreto. Nuestra asesoría está centrada en encontrar una solución no en iniciar procesos judiciales.
Recuerda, la calidad de la información que recibes determina la calidad de tus acciones.
⚖️ No pierdas lo que te corresponde por derecho
Si trabajas bajo las condiciones de un empleado en planilla pero sigues en honorarios, tienes derechos laborales acumulados que tu empleador debe pagarte — y hay un plazo legal para reclamarlos.
- ✅ Revisamos tus pruebas con total confidencialidad
- ✅ Calculamos el monto exacto que te corresponde
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